¿Cuál es el monto mínimo para constituir una Sociedad Anónima?





Corporativo



Algunas veces puede resultar confusa la formación del capital de una sociedad anónima, conozca sobre este interesante tema.





En primer término, se debe de explicar que la sociedad anónima en Guatemala tiene 3 tipos de capital, el autorizado, el suscrito y el pagado.

El capital autorizado de una sociedad anónima es la suma máxima que la sociedad puede emitir en acciones, sin necesidad de formalizar un aumento de capital.

El capital autorizado podrá estar total o parcialmente suscrito al constituirse la sociedad y debe expresarse en la escritura constitutiva de la misma.

En cuanto al capital suscrito, este es el valor total de las acciones suscritas o sean aquellas que se han tomado para sí o para un tercero. En el momento de suscribir acciones, es indispensable que cada accionista pague, por lo menos, el veinticinco por ciento (25%) del valor nominal de cada acción suscrita.

Y ya con respecto al capital pagado mínimo para constituir la sociedad anónima, al constituirse una sociedad anónima, el monto del capital inicial de la misma será de por lo menos doscientos Quetzales (Q.200.00). Las acciones podrán pagarse en todo o en parte mediante aportaciones en especie.

Las aportaciones en efectivo podrán entregarse a uno o más administradores o depositarse en un banco a nombre de la sociedad tal extremo se hará constar en la escritura social.

El depósito bancario será obligatorio cuando el total de aportaciones en efectivo excedan la cantidad de dos mil Quetzales (Q.2,000.00).

Cuando la sociedad mercantil posea una cuenta bancaria, es obligatorio que el efectivo que se encuentre en resguardo de uno o varios administradores sea depositado en la misma.

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